BECAS ALUMNOS/AS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO 2023-24: CONVOCATORIA ABIERTA

Plazo de solicitud: Del 8 de mayo al 20 de septiembre

BECAS MEC 2023-24: CONVOCATORIA CERRADA

Desde el día 27 de marzo hasta el 17 de mayo de 2023, ambos inclusive.

BECAS FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR 2023-24: CONVOCATORIA CERRADA

Desde el día 27 de junio de 2023 hasta el día 17 de julio de 2023, ambos inclusive.

BECAS 2º OPORTUNIDAD FPGS 2023-24: CONVOCATORIA CERRADA

Plazo de solicitud: Desde el 7 de julio hasta el día 27 de julio de 2023, ambos inclusive.

BECAS ESCUELA 2023-24: CONVOCATORIA ABIERTA

Plazo de solicitud: Abierta todo el curso

A continuación se detallan las becas que a día de hoy han sido resueltas y por lo tanto pueden ser solicitadas.

La información será actualizada según vayan saliendo nuevas convocatorias o nuevas becas.

Si necesitas asesoramiento no dudes en ponerte en contacto con Natalia Bestard (Trabajadora Social)  en el teléfono 91 315 39 47 o mediante el e-mail: natalia.bestard@padrepiquer.net

BECAS PARA ALUMNOS/AS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO

La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio en la siguiente dirección:

https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/050140/ficha/050140-2023.html

Una vez cumplimentada la solicitud, el sistema genera un resguardo en PDF que se deberá guardar como comprobante de haber presentado la solicitud.

Puedes ampliar la información en: https://www.becaseducacion.gob.es/becas-yayudas/ayudas-apoyo-educativo/tipos-de-becas.html

SOLICITANTES

Las ayudas están dirigidas a alumnos/as que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:

  • Discapacidad
  • Trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje (TDAH; Dislexia…)
  • Trastorno del espectro autista (TEA)
  • Altas capacidades intelectuales

TIPOS DE AYUDAS

  1. Ayudas directas para los/as alumnos/as que requieran, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas, incluyéndose en esta modalidad de ayuda a los alumnos con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad).
  2. Subsidios para familias numerosas.
  3. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
  4. Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

Se denominan becas o subsidios en función de la situación socioeconómica de la familia y si ésta posee el título de familia numerosa.

Para la concesión de los subsidios no se atenderá a la renta ni al patrimonio familiar.

CUANTÍAS ANUALES

  • Ayuda de enseñanza: hasta 862€
  • Transporte interurbano: hasta 617€
  • Comedor escolar: hasta 574€. Importante: hay que solicitar en paralelo la ayuda de comedor CAM, cuando se convoque a inicios del curso 2023-24.
  • Transporte urbano: hasta 308 €
  • Libros y material ESO y FPB: hasta 105€
  • Libros y material niveles postobligatorios: hasta 204€
  • Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913€ para cada una.
  • Subsidio cuantía fija para gastos adicionales de carácter general para todas las personas que lo soliciten independientemente de la renta o patrimonio: 400€
  • Cuantía asociada a altas capacidades: una cantidad máxima de 913€

¿NECESITAS AYUDA?

Contacta con nuestra trabajadora social Natalia Bestard en el 91 315 39 47 o escribiendo a natalia.bestard@padrepiquer.net o rellenando el siguiente formulario

    BECA MEC

    RESUMEN DE LA CONVOCATORIA


    Extracto de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

    Publicado en: «BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2023

    Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=1880

    REQUISITOS PARA SOLICITAR LA BECA

    Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas:

    • Primer y segundo cursos de bachillerato
    • Formación Profesional de grado medio
    • Formación Profesional de grado superior
    • Formación Profesional básica

    REQUISITOS GENERALES

    1. Ser español/a o tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea.

    Si eres ciudadano de la Unión Europea, tú o tu familia tenéis que residir de forma permanente en España o acreditar un trabajo por cuenta propia o ajena en España.

    Si no eres ciudadano/a de la Unión, aplicaremos lo que indica la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social: es decir, puedes tener derecho a beca si eres menor de 18 años o si has obtenido permiso de residencia a 31 de diciembre de 2022.

    1. No haber obtenido un título de nivel igual o superior a los estudios para los que pides la beca.

    REQUISITOS ACADÉMICOS

     

    1º curso Bachillerato ·       Tener una nota media de, al menos, 5 puntos en 4.º de ESO o en la nota final del ciclo formativo de Grado Medio o Básico que te haya dado acceso.

    ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de las asignaturas del curso.

    ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    Ciclo formativo de grado medio ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de los módulos del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.

    ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    Ciclo formativo de grado superior ·       Tener una nota media de, al menos, 5 puntos en 2.º de Bachillerato, en la prueba de acceso o en el curso de acceso. Si accedes desde un ciclo formativo de grado medio, tendremos en cuenta la nota final del ciclo.

    ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de los módulos del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.

    ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    2º curso

    Bachillerato

    ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de las asignaturas del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.

    ·       Haber aprobado todas las asignaturas del curso anterior, salvo una.

    ·       Si has repetido curso, tienes que aprobar todas.

    Ciclo formativo de grado medio ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de los módulos del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.

    ·       Haber aprobado al menos el 85 % de las horas totales del curso.

    ·       Si has repetido curso, debes aprobar todo.

    Ciclo formativo de grado superior ·       No estar repitiendo en el curso actual.

    ·       Matricularte del curso completo. También puedes tener beca, aunque limitada, si te matriculas de, al menos, la mitad de los módulos del curso. Este requisito tienes que cumplirlo tanto en este curso como en el anterior o último que estudiaras.

    ·       Haber aprobado al menos el 85 % de las horas totales del curso.

    ·       Si has repetido curso, debes aprobar todo.

    SITUACIONES ESPECIALES

    CUANTÍAS FIJAS

    EL UMBRAL DE RENTA


    Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2023-2024, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

    Publicado en:
    «BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2023

    VÍDEO EXPLICATIVO

    ¿NECESITAS AYUDA?

    Contacta con nuestra trabajadora social Natalia Bestard en el 91 315 39 47 o escribiendo a natalia.bestard@padrepiquer.net o rellenando el siguiente formulario

      BECAS FPGS 2023-24

      PLAZO DE SOLICITUD

      Desde el día 27 de junio de 2023 hasta el día 17 de julio de 2023, ambos inclusive.

       

      BECAS FP – GRADO SUPERIOR

      BENEFICIARIOS

      Los alumnos que cursen estudios de Formación Profesional de Grado Superior durante el curso 2023-24 y que cumplan los siguientes requisitos:

      1) Estar matriculado (o tener reserva de plaza o pre-matrícula) en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en un centro privado autorizado.

      2) Estar matriculado de un curso completo, en la modalidad presencial o a distancia. Se tendrán en
      cuenta los casos en los que haya convalidación de asignaturas, siempre y cuando la matriculación sea
      del curso completo.

      3) No ser alumno/a repetidor/a del curso para el que se solicita la beca.

      4) No superar la edad de 35 años, en el caso de los solicitantes de beca para realizar el primer curso y no superar la edad de 36 años en el caso de los solicitantes de beca para realizar el segundo curso.

      5) No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 euros.

      6) Ser residente en la Comunidad de Madrid, tanto para la modalidad presencial como a distancia. Para la modalidad a distancia será necesario haber residido en la Comunidad de Madrid, como mínimo, cinco años.

      Estos requisitos deberán mantenerse a lo largo de todo el curso escolar 2023-2024.

      SOLICITUD

      TELEMÁTICA: Pulsar TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación en el siguiente link.
      Becas FP Grado Superior (23-24) | Comunidad dhttps://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-
      subvenciones/becas-fp-grado-superior-23-24/tramitare Madrid

      ¡AVISO IMPORTANTE!

      Para hacer la solicitud electrónica, el estudiante solicitante debe identificarse con el certificado
      electrónico del padre, madre, tutor o acogedor, en ningún caso con el certificado electrónico del
      alumno, salvo que este sea mayor de edad.

      PRESENCIAL: Imprimir y rellenar el MODELO DE SOLICITUD.
      Una vez rellenada, registrar en Oficinas de registro oficial de la Administración.

      REQUISITOS DE LA SOLICITUD TELEMÁTICA Y PRESENCIAL:

      Adjuntar a la solicitud telemática y/o presencial la documentación detallada en el apartado 6.
      – La solicitud deberá ser firmada por el/la alumno/a, los/as progenitores o tutores del/la alumno/a
      y todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, que figuren en ella.

      TUTORÍAS GRUPALES PARA LA SOLICITUD TELEMÁTICA Y PRESENCIAL DE LA BECA:

      DOCUMENTOS A APORTAR JUNTO A LA SOLICITUD:

      1. Libro de familia o Certificado expedido por el Registro Civil acreditativo de la filiación y de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.

      2. Pasaporte (solo extranjeros sin NIE).

      3. Certificado de matriculación o reserva de plaza, con el coste del curso, conforme al modelo (1920FO2) incluido en la convocatoria, expedido y sellado por la secretaría del centro donde realice el curso 2023/2024.
      Además, y en función de circunstancias familiares, se deberá presentar también:

      1. Sentencia judicial de separación legal o divorcio o convenio regulador ratificado ante el Juez, donde conste la custodia del alumno solicitante, y certificado defunción.

      2. Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género, situación de acogimiento familiar, de víctima del terrorismo o protección internacional.

      3. Certificado médico acreditativo de fecha probable de parto en hermanos no nacidos.

      4. Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma.

      Es importante autorizar a la Comunidad de Madrid la consulta de datos personales para evitar tener que presentar datos tales como DNI, empadronamiento colectivo, datos económicos, etc.

      DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR: (importante para el cálculo de la renta per cápita familiar)

      1) Se considera que conforman la unidad familiar: El solicitante. Los progenitores o tutores. Los hermanos del solicitante menores de 25 años, con excepción de los emancipados. Los hermanos del solicitante mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
      Los hermanos todavía no nacidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

      2) En los casos de desaparición o suspensión del vínculo matrimonial por fallecimiento, divorcio o separación legal, así como en el supuesto de separación de los progenitores o tutores entre los que no exista vínculo matrimonial: La unidad familiar se entenderá constituida por los progenitores o, en su caso, los tutores y la totalidad de los hijos que convivan y que reúnan los requisitos del apartado 1 anterior, por tanto, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante. En su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.

      3) En el caso de que el solicitante se encuentre en una circunstancia distinta a las anteriores, formarán la unidad familiar aquellos miembros que convivan con él cuando así haya sido acreditado por los servicios sociales municipales.

      4) En el caso de que el alumno solicitante alegue su emancipación o independencia se considerará que forma parte de su unidad familiar el cónyuge o persona unida en análoga relación, los hijos menores de 25 años no emancipados y los hijos mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan en el domicilio familiar.

      5) Cuando el régimen de custodia de los hijos sea el de custodia compartida, se considerarán miembros computables el padre y la madre del solicitante de la beca y todos los hermanos, menores de 25 años, con excepción de los emancipados y los mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, que convivan en el mismo domicilio del solicitante.

      Para cualquier duda o aclaración contacte con Natalia Bestard, trabajadora social, en el 913153947 o en
      natalia.bestard@padrepiquer.net

      ¿NECESITAS AYUDA?

      Contacta con nuestra trabajadora social Natalia Bestard en el 91 315 39 47 o escribiendo a natalia.bestard@padrepiquer.net o rellenando el siguiente formulario

        BECAS 2º OPORTUNIDAD FPGS 2023-24

        PLAZO DE SOLICITUD

        Desde el día 7 de julio hasta el día 27 de julio de 2023, ambos inclusive.

         

        INFORMACIÓN – BECAS FP – GRADO SUPERIOR

        BENEFICIARIOS

        Los alumnos que cursen estudios de Formación Profesional de Grado Superior durante el curso 2023-24 y que cumplan los siguientes requisitos:

        1) Ser mayor de 16 años y menor de 30.

        2) Estar matriculado (o tener reserva de plaza o pre-matrícula) en algún curso de un ciclo formativo de Formación Profesional de Grado Superior, en un centro privado autorizado.

        3) Estar matriculado de un curso en la modalidad presencial y asistencia obligatoria del 75%.

        4) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y reconocido como beneficiario.
        Por ello ser demandante de empleo y no estar trabajando el día anterior a la solicitud de la beca.
        Realizar trámite en: Solicitud Sistema Nacional de Garantía Juvenil

        5) No es requisito fundamental ser residente en la Comunidad de Madrid.

        SOLICITUD

        TELEMÁTICA:

        ¡AVISO IMPORTANTE!

        Para hacer la solicitud electrónica, si el estudiante es mayor de edad, deberá identificarse con su certificado electrónico propio. Si es menor de edad, el solicitante debe identificarse con el certificado electrónico del padre, madre, tutor o acogedor.

        PRESENCIAL: Imprimir y rellenar el MODELO DE SOLICITUD. (Está colgada en la página web del centro)
        Una vez rellenada, registrar en Oficinas de registro oficial de la Administración.

        REQUISITOS DE LA SOLICITUD TELEMÁTICA Y PRESENCIAL:

        – Adjuntar a la solicitud telemática y/o presencial la documentación detallada en el apartado 6.

        – La solicitud deberá ser firmada por el/la alumno/a, los/as progenitores o tutores del/la alumno/a y todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, que figuren en ella.

        – Para la solicitud telemática: PRESENTAR AUTORIZACIÓN CONJUNTA (VER MODELO) QUE DEBE SER FRIMADO POR TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR.

        TUTORÍAS PRESENCIALES BECAS 2º OPORTUNIDAD 2023-24

        DOCUMENTOS A APORTAR JUNTO A LA SOLICITUD:

        1. Pasaporte (solo extranjeros sin NIE).

        2. Libro de familia o Certificado expedido por el Registro Civil acreditativo de la filiación y de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento.

        3. ANEXO I: Certificado de matriculación (modelo rellenado por el centro en el que te has matriculado)

        4. Certificado del/la alumno/a como beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

        5. Vida laboral padre/ madre/ tutor legal/ hijos mayores de edad.

        Además, y en función de circunstancias familiares, se deberá presentar también:

        1. Sentencia judicial de separación legal o divorcio o convenio regulador ratificado ante el Juez, donde conste la custodia del alumno solicitante, y certificado defunción (en caso de monoparentalidad o custodia compartida). Certificado de defunción en su defecto.

        2. Volante de empadronamiento colectivo si se reside en Madrid (si se opone a la consulta de datos)

        3. Volante de empadronamiento colectivo para residentes en municipios distintos al de Madrid (alumnos emancipados o monoparentales)

        4. Documento acreditativo de la condición de víctima de violencia de género, situación de acogimiento familiar, de víctima del terrorismo o protección internacional.

        5. Certificado médico acreditativo de fecha probable de parto en hermanos no nacidos.

        6. Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma.

        7. Documentación acreditativa de perceptor de Renta Mínima de Inserción, de fuera de la Comunidad de Madrid (si se opone a la consulta de datos) y perceptor del Ingreso Mínimo Vital (si se opone a la consulta de datos)

        Es importante autorizar a la Comunidad de Madrid la consulta de datos personales para evitar tener que presentar datos tales como DNI, empadronamiento colectivo, datos económicos, etc. (pág. 4, punto 7)

        DETERMINACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR: (importante para el cálculo de la renta per cápita familiar)

        1) Se considera que conforman la unidad familiar: El solicitante. Los progenitores o tutores. Los hermanos del solicitante menores de 25 años, con excepción de los emancipados. Los hermanos del solicitante mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
        Los hermanos todavía no nacidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

        2) En los casos de desaparición o suspensión del vínculo matrimonial por fallecimiento, divorcio o separación legal, así como en el supuesto de separación de los progenitores o tutores entre los que no exista vínculo matrimonial: La unidad familiar se entenderá constituida por los progenitores o, en su caso, los tutores y la totalidad de los hijos que convivan y que reúnan los requisitos del apartado 1 anterior, por tanto, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante. En su caso, tendrá la consideración de miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.

        3) En el caso de que el solicitante se encuentre en una circunstancia distinta a las anteriores, formarán la unidad familiar aquellos miembros que convivan con él cuando así haya sido acreditado por los servicios sociales municipales.

        4) En el caso de que el alumno solicitante alegue su emancipación o independencia se considerará que forma parte de su unidad familiar el cónyuge o persona unida en análoga relación, los hijos menores de 25 años no emancipados y los hijos mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan en el domicilio familiar.

        5) Cuando el régimen de custodia de los hijos sea el de custodia compartida, se considerarán miembros computables el padre y la madre del solicitante de la beca y todos los hermanos, menores de 25 años, con excepción de los emancipados y los mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, que convivan en el mismo domicilio del solicitante.

        Para cualquier duda o aclaración contacte con Natalia Bestard, trabajadora social, en el 913153947 o en
        natalia.bestard@padrepiquer.net

        BECAS ESCUELA 2023-24

        RESUMEN DE LA CONVOCATORIA

        El Centro de formación Padre Piquer pone a disposición de los alumnos y alumnas, unas ayudas económicas con el fin de cubrir necesidades que desde otros recursos no se cubren.

        Las becas se valoran desde el centro, a través de una valoración social basada en criterios socioeconómicos objetivos por parte de la Trabajadora social y, posteriormente, los casos se exponen ante la Comisión de becas.

        Se propone poder becar a los alumnos y alumna que, por una dificultad personal, socioeconómica y/o familiar impida el acceso normalizado del alumno a ejercer su derecho a la educación. Se tendrán en cuenta, principalmente, aquellas situaciones de carácter temporal o sobrevenidas que ayuden a aliviar la sobre carga personal y familiar. Por parte del Centro, se hará seguimiento continuado para control de acuerdos establecidos.

        PLAZO DE SOLICITUD

        Esta Beca se podrá solicitar durante todo el curso escolar

        REQUISITOS DE ACCESO

        • Haber solicitado todas las becas públicas a las que pueda acceder el/la alumno/a teniendo en cuenta el ciclo educativo. Es imprescindible presentar el resguardo de solicitud y de presentación de requerimientos de documentación por parte de la administración competente.

         

        • Denegación de becas públicas o cuantía insuficiente para cubrir el 100% teniendo en cuenta la situación socioecónomica y familiar de los/as alumnos/as. Es imprescindible presentar la notificación de denegación de beca pública

         

        • Buen comportamiento del/la alumno/a en el centro (cumplimiento de las normas del centro).

         

        •   Más del 70% de materias aprobadas de las asignaturas matriculadas.

         

        Criterios a baremar:

        • Composición de la Unidad familiar de convivencia
        • Dependencia de alguno de los miembros
        • Situación laboral
        • Perceptor de prestaciones
        • Ingresos y gastos mensuales

        DOCUMENTACIÓN NECESARIA A APORTAR:

        Documentación personal:

        DNI de todos los miembros de la unidad familiar

        Libro de familia

        Empadronamiento colectivo actualizado

        Documentación de ingresos:

        Vida laboral

        Últimas 3 nóminas

        Certificado SEPE: desempleo/ prestación por desempleo

        Justificante de pensiones (RMI, IMV, PNC, PC, Incapacidad laboral, etc.)

        Renta, Certificado IRPF/ Ingresos por año

        Documentación complementaria:

        Gastos vivienda: contrato de alquiler, hipoteca, etc.

        Carné familia numerosa

        Acuerdo/ sentencia separación o divorcio

        Certificado defunción

        Orden de alejamiento

        Certificado situación de acogimiento, condición víctima de VG, Víctima de terrorismo, etc.

        Usuarios de Servicios sociales

        Otros

         

        Para cualquier duda o aclaración contacte con Natalia Bestard, trabajadora social, en el 913153947 o en natalia.bestard@padrepiquer.net

        ¿NECESITAS AYUDA?

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